
Juan R. Rodríguez Puppo
La Constitución de la Republica es sagrada. Por tanto como principio general: no es bueno toquetearla demasiado.
No obstante ello las amenazas del crimen organizado impone una revisión de nuestros institutos defensivos de emergencia Nacional.
Vivimos últimamente situaciones de violencia extrema con atentados y amenazas a figuras importantes de nuestro quehacer público.
El mensaje es claro. “A ti Estado no te vamos a permitir ponernos límites y lo pagarás con tu vida y/o la de tus seres queridos”.
Palabras más o menos va por ahí el mensaje mafioso. Y por si fuera poco nuestra fiscal de Corte y otros colegas nos están advirtiendo que se vendrán pronto atentados en serio contra jueces, políticos y periodistas. El Uruguay no escapa así a la lógica del ojo por ojo o quitar del medio todo poder oficial que sea obstáculo a la jurisdicción paralela de justicia que quiere imponer dicho crimen organizado.
Lo que nos auguran es un escenario de sangriento descontrol a manos de bandas que pueden ser locales o pueden ser meros engranajes de poderosas organizaciones extranjeras.
Si mañana un juez, fiscal o político estorba o no colabora, se “la van a dar”.
El Uruguay tiene previsto en su Constitución dos instrumentos jurídicos como medidas de excepción.
Somos un Estado de Derecho y eso significa que sus autoridades actúan siempre dentro del imperio de las normas jurídicas. Sometidos a los pesos y contrapesos de la separación de poderes y preservados los derechos humanos. Aún así el constituyente provee a) la supresión de las Garantías individuales en casos de alta traición y b) Las Medidas Prontas de Seguridad. Ambos institutos requieren de la actuación conjunta del poder Ejecutivo y el Legislativo. Como son medidas de excepción se rigen por principios como la taxatividad, excepcionalidad y brevedad. Pero además y para no caer en la “mala prensa” que alguna vez tuvo una de ellas el constituyente limita extremamente el campo de aplicación a situación de conmoción interna o casos graves de ataque exterior.
Para entender estos institutos de excepción corresponde hacer una lectura combinada del artículo 32 y nral. 17 del art 168 de la Constitución así como el art 27 de la Convención de Costa Rica.
Nuestra Carta Magna constriñe el campo de acción de nuestro aparato represor. En el caso de las Medidas Prontas de Seguridad todo accionar es comunicado a posteriori pero controlado por el Poder Legislativo y se limita a la aprehensión y/o traslado de personas. No es un cheque en blanco al Poder Ejecutivo. Donde más podría tener recursos de excepcionalidad es en la Supresión de Garantías individuales, pero allí está circunscrito a casos de traición a la patria.
Por tanto nuestra Constitución de 1966 jamás imaginó un escenario donde un poder como el narcotráfico tiene un poder de fuego y salvajismo difícil de neutralizar.
Nuestra Constitución es sabia pero no la redactó Nostradamus.
¡Estamos regalados amigos! Lo repito.
Cualquier respuesta del Estado frente a un desborde de bandas poderosas requerirá una acción patriótica, consensuada y firme de todo el sistema político. De lo contrario nuestras fuerzas policiales o hasta militares (si así lo dispusiéramos) sientan que su acción esta respaldada en una causa “País”.
Las dos medidas que prevé nuestra Constitución son insuficientes e inaplicables y habrá que generar nuevos instrumentos de Excepción y someterlos a consideración del Soberano: Estado de Sitio o Ley Marcial con más eficaces respuestas ante el crimen organizado amenazando al poder público o a un barrio entero o localidad son escenarios que amerita ya hoy (y no mañana ni el año que viene) iniciar un proceso de aggiornamiento de nuestra Carta Magna. Esta columna es mi tercer aporte en este tema en dos años y no he recibido hasta hoy ninguna señal de avance o sensibilidad del sistema político en este tema (a excepción del dr Zubia).
Ley Marcial y/o Estado de sitio son instrumentos a incorporar cuanto antes en nuestra Constitución. Allí debe regularse uso de fuerza militar y allanamientos a la hora que sea necesario así como repeler con medios extremos y suficientes cualquier desborde de violencia. Obviamente que con autorización del Parlamento y con restricciones de lugar y tiempo. Pero la idea es crear institutos jurídicos eficaces de respaldo en aparato represivo del estado ante mafias sublevadas o en respuesta a atentados a autoridades.
Cuando todo lo que nos anunció la Dra. Ferrero se convierta en realidad espero no salgamos a llorar sobre la sangre derramada sin habernos antes aportado soluciones maduras y firmes.
Tanta tibieza y apatía del sistema asusta mas que la propia acción de los narcos. Hoy:
¡Estamos regalados!