Cr. Ricardo Díaz Nadal
El próximo 11 de julio asumirán nuevos intendentes y sobre fines de agosto, el Poder Ejecutivo
remitirá a consideración del parlamento, el Presupuesto Quinquenal para el periodo 2025-
2029.- Al igual que lo que viene sucediendo desde el año 2000, se incluirá un artículo
reglamentario del Fondo de Desarrollo del Interior (FDI), estableciendo los mecanismos de
cálculo y transferencia de dichos fondos, desde el Tesoro a las Intendencias.-.-
Desde su creación a la fecha, esos artículos han dispuesto un sistema de liquidación
INCONSTITUCIONAL (basado en las recaudaciones de 1999 ajustadas por IPC y no en las
efectivamente producidas), que retacea cuantiosos recursos al interior, muy necesarios para
sus fines primordiales, en especial, para el arreglo y mantenimiento de la caminería rural, una
de las obras que la gente común y el aparato productivo, más demanda. –
El monto acumulado no trasferido se estima en unos USD 2.500 millones en el periodo 2000-
2024 y a partir de 2025, se podría estimar en unos USD 150-170 millones promedio anual. Es
MUCHO dinero como para que los Intendentes no hagan el firme reclamo que corresponde, y
desde el sector productivo y el parlamento, reciban el caluroso apoyo que la situación exige.
Para que se tenga una idea de lo que estamos hablando, tomando los datos de OPP solo para
2024, el artículo presupuestal vigente ( art 663 de la ley 19924) y las recaudaciones
EFECTIVAS de DGI, el FDI no transferido al interior se situó en el entorno de USD 185 millones
si la base de cálculo fueran las recaudaciones brutas, y USD 140, si fueran las recaudaciones
netas.
Los Intendentes en sus respectivas jurisdicciones, los productores y las entidades que los
representan (ARU, Federación Rural, ACA, ANPL, Centros Comerciales, etc., etc.) y en general,
las fuerzas vivas de cada departamento y zonas de influencia, deberían hacer causa común y
exigir que la situación se regularice en la próxima instancia presupuestal.
A esos efectos, bastaría que el articulo que reglamente el FDI en el próximo Presupuesto se
ajuste a la letra y espíritu de la Constitución y establezca un mecanismo de liquidación sobre
las recaudaciones efectivas y no sobre las de 1999, ajustadas por IPC, que es el ENGENDRO
vigente, desde 2000 a la fecha. –
En cuanto a la pérdida ya consumada (los USD 2500 millones), buscarle la vuelta para que se
vaya reintegrando año a año, conforme a lo que la programación financiera del MEF lo habilite.
Pero con la consideración que un atentado al sentido común y a la Constitución del orden del
perpetrado, no puede condicionarse a las necesidades financieras del MEF, sino al revés.
Salvo que, una vez más, se ponga lo político por encima de lo jurídico.
