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Contraviento

Por enésima vez

12 noviembre, 2023

Por Juan R. Rodríguez Puppo

Me resisto ya a entrar en la comparación histórica de presuntas corruptelas actuales vs corrupción comprobada del pasado reciente. Ya lo hice y cansa.
Pero para dejarla por ahí:
Vos me hablás de Marset, Astesiano y Salto Grande y yo te hablo de Ancap, Antel Arena y Gas Sayago.
Vos me hiciste lío a mi por escándalos que casi no afectaron el erario público y yo te hablo a vos de un agujero de más de mil millones de dólares que le costó el FA a Juan Pueblo.
No existen «comparancias» posibles, como dijera un paisano vecino mío.
Específicamente en el caso Marset el origen y causa del affaire es el otorgamiento LEGAL de un pasaporte a ciudadano.
Ud me dirá y es válido:
Si todo fue otorgado de manera legal ¿por qué tanto alboroto y por qué tantas renuncias?
La respuesta es una sola. A veces lo político está muy reñido con lo jurídico. O mejor dicho: a veces tolerar una conducta legal es algo imperdonable en la lógica de la imagen pública. El imaginario popular no perdona que un gobierno le otorgue beneficio alguno a un repudiable sujeto.
No importa si el mismo tiene derechos garantidos por las leyes.
¿Cuáles son esos derechos?
Un ciudadano que ya cumplió su pena con esta sociedad recupera sus derechos y sus obligaciones. Una de ellas es tener un pasaporte vigente como ciudadano de este país. El Uruguay respeta el principio Non bis in ídem. Esto es Marset o quien sea no puede ser castigado dos veces por el mismo delito.
No darles sus documentos una vez extinguidas sus penas sería una forma de volver a punir a alguien que ya es ciudadano libre.
Pero hay normas que avalan todo esto.
El régimen vigente era el decreto 219 de 2014. En su art 3° establecía claramente que el organismo competente en entrega de pasaportes para uruguayos que lo solicitan desde el exterior es CANCILLERÍA. Y dicha norma agrega los requisitos que deben poseer esos uruguayos. En materia de documentos el mismo debía tener un certificado de antecedentes judiciales LIMPIO en Uruguay. No se exigía otra cosa. Y el funcionario público uruguayo sabe que cuando se exigen documentos hay una norma «Madre» que todos deben respetar: la ley 19375.
Es una ley de Presupuesto que estableció un principio que obliga al Estado a NO exigir ni un solo requisito o trámite más al ciudadano que los que dispone la ley.
O sea: el funcionario público para dar un pasaporte no puede agregar exigencia alguna no prevista por la ley por más narco o violador o asesino en serie que haya sido el ciudadano solicitante en su pasado.
El Estado uruguayo cumplió con su deber legal. Sólo que luego se dio cuenta que cumpliendo «estaba quedando pegado» en su imagen pública y que la oposición iba a usar esa «incómoda legalidad» para enchastrar la imagen.
Y ahí vienen 5 o 6 desprolijidades de distintos actores principales y de reparto para tapar la «cagada» con pequeñas o más grandes corruptelas.
Finalmente,  y a la inversa de lo usual, el «ratón terminó pariendo una montaña».
Mil especulaciones, intrigas y sospechas que terminan en un escándalo que la caja de resonancia aumentada frentista se ha encargado de ultradimensionar. El FA debería -en todo caso- explicar como fue que en 2014 Mujica quitó la exigencia de solicitar los antecedentes judiciales o penales en el exterior y dejar únicamente los antecedentes nacionales. En el plano de las especulaciones y sospechas hay gente que sostiene que ese cambio lo hizo para favorecer a alguien. Yo no puedo asegurarlo pero también me causa intriga.
En fin como dijera Hobbes «el hombre es el lobo del hombre».
Nunca mejor aplicado para este caso en el que el gobierno fue el lobo de sí mismo y se terminó autoflagelando al santísimo «pedo». Haber aclarado todo de entrada duela a quien duela, hubiera evitado mucho.