Hoy, a la hora 10, en el Juzgado Penal de 41 Turno, tendrá lugar la Audiencia entre Fiscalía y denunciantes para determinar si se habilita el reexamen de la denuncia contra el ex Senador frenteamplista o si se dispone su archivo definitivo.
Según informara Contraviento oportunamente, el 11 de diciembre de 2023 se presentó oficialmente una denuncia penal contra el ex Ministro y ex Senador Daniel Olesker en virtud de las irregularidades en torno a su formación académica, haciendo énfasis en el uso que sobre las mismas habría realizado y los eventuales beneficios a que habría obtenido acceso, lo que podrían estar configurando dolo, de acuerdo a la pieza presentada ante las autoridades.
En la acción incoada se solicitaba además “también se investigue a las autoridades de la Facultad de Ciencias Económicas que tuvieran responsabilidad en encubrir por un lado la falta de presentación de títulos de grado y de posgrado en los pasados concursos de profesor y segundo la omisión de la revalidación los mismos por la UDELAR”
«Pronto Despacho» y Archivo
Apenas 10 días después, el 21 de diciembre, es decir a solo ocho días hábiles de la presentación, la Fiscalía dispuso y comunicó su archivo, invocando para ello el Artículo 98 del Código del Proceso Penal, pero sin darle efectivo cumplimiento.
El hecho llamó particularmente la atención, como indicara Contraviento, no solo por la velocidad de su tramitación sino por haberse ordenado ese Archivo «sin fundamento», en abierta oposición a lo que establece la normativa legal.
Ante ello los denunciantes procedieron a solicitar el 19 de enero del corriente el re examen de la denuncia por otro Fiscal, esta vez frente al Poder Judicial, por lo que en el marco de una Audiencia Fiscal y denunciante expondrán hoy sus razones ante el Juez, quien podrá ordenar el reexamen de la causa por un Fiscal subrogante, que dispondrá de 20 días para analizar el tópico y determinar si se abre o no una investigación.
Delitos Continuados
La expeditiva resolución de Archivo de la Fiscalía causó particular atención en algunos círculos, en tanto la denuncia estaría refiriéndose a la presunta comisión de eventuales delitos continuados, vale decir aquellos constituidos por una serie de acciones u omisiones que se mantienen en el tiempo y que violan una misma norma jurídica, y tienen como finalidad un mismo resultado, y cuyos efectos y eventual dolo en este caso se siguen manteniendo en el tiempo, lo que haría inaplicable cualquier alegación prescriptora.