El ex Senador frenteamplista Daniel Olesker ha sido objeto de una denuncia penal por la presunta comisión de los delitos de Usurpación de Títulos, Falsificación Ideológica por un funcionario público y Uso de un Documento o Certificado Falso. La denuncia, presentada oficialmente el 11 de diciembre, alcanzaría también a autoridades de la Facultad de Ciencias Económicas de la UDELAR.
En la pasada jornada se presentó oficialmente una denuncia penal contra el ex Ministro y ex Senador Daniel Olesker en virtud de las irregularidades en torno a su formación académica, haciendo énfasis en el uso que sobre las mismas habría realizado y los eventuales beneficios a que habría obtenido acceso, lo que podrían estar configurando dolo, de acuerdo a la pieza presentada ante las autoridades.
En efecto, tras una detenida exposición de hechos donde se realiza el proceso histórico de la al menos irregular condición de “Economista” la denuncia enfatiza los beneficios que a lo largo de los años Olesker habría obtenido con su accionar.
Asi, en la descripción de la batería probatoria del escrito y refiriéndose a dichos del propio denunciado, se señala “Olesker dice haber concursado en la UDELAR por el grado 5 presentando un postgrado, el cual no podría ser revalidado en nuestro país al carecer del grado en el que se apoya. Olesker reconoce que la UDELAR le reconoció 8 puntos del título de posgrado del que no puede haber revalidado en nuestro país, y ha ganado los concursos de Grado 5 en la universidad pasando por arriba de profesionales que sí eran economistas y tenían postgrados concluidos y revalidados en nuestro país.”
Más adelante la denuncia agrega: “En el 2004 Olesker integraba una comisión asesora que para dar empleo en la UDELAR valoraba especialmente tener terminada la carrera de Economía.”
Por todo ello la denuncia no se limita al actual Presidente de la Comisión de Asuntos Sociales del Frente Amplio. En efecto, la misma impetra “también se investigue a las autoridades de la Facultad de Ciencias Económicas que tuvieran responsabilidad en encubrir por un lado la falta de presentación de títulos de grado y de posgrado en los pasados concursos de profesor y segundo la omisión de la revalidación los mismos por la UDELAR”
Una Historia Sin Título
El tema de la formación académica de las figuras políticas ha sido objeto de particular atención, desde la inexistente Licenciatura en Genética Humana que decía ostentar el ex Vicepresidente Raúl Sendic.
Varios han sido los casos donde se han detectado irregularidades o inexactitudes entre los títulos universitarios invocados y su correspondencia en la realidad. Dentro de ellos el caso más particular en los últimos tiempos ha sido el de Daniel Olesker, quien durante décadas usó el título de Economista a través de su gestión como dirigente político, Senador, Ministro de Estado e incluso Docente de la propia Facultad de Ciencias Económicas y administración de la UDELAR, donde llegara a ocupar la más alta posición académica e integrara incluso Tribunales de Concurso.
Tras muchos debates y versiones contradictorias lo que quedó finalmente demostrado más allá de toda duda es que en rigor el Sr. Olesker jamás obtuvo un título de grado, por lo que no podría reivindicar la condición de “Economista”, reservada para los egresados del Plan 1980 de la FCEA.
En un último esfuerzo por clarificar la situación el Departamento de Economía de esa casa de estudios emitió el 3 de marzo de 2023 un Comunicado donde reivindica el derecho a usar el término “Economista” en un plano de generalidad, en tanto aseguró que “Olesker, con su formación académica debidamente acreditada en Bélgica y su larga carrera en el Departamento de Economía de la UDELAR, le han merecido el cargo de Profesor Titular, que le permite desarrollar actividades de enseñanza tanto a nivel de grado como de posgrado.”
Ante el público caso del Profesor @DanielOlesker el Consejo de Dirección del Departamento de Economía de la Facultad de Ciencias Económicas y de Administración @FCEA_UdelaR
aprobó la siguiente declaración: pic.twitter.com/MCkM7pER0S— Departamento de Economía FCEA (@deFCEA) March 3, 2023
Las firmes convicciones que en tal sentido ostenta el Consejo de Dirección del Departamento de Economía de la Facultad de Ciencias Económicas y de Administración no se vieron afectadas en lo más mínimo por el hecho de que menos de un mes antes, el 10 de febrero pasado, la Facultad de Ciencias Económicas de la Universidad de la República confirmó en la contestación a un Pedido de Acceso a la Información Pública que “relevados los antecedentes en poder de la Facultad se constata que no se cuenta con copia del título expedido a favor del Sr. Daniel Olesker por la Universidad de Lovaina, ni con otra documentación de la referida Universidad.”
Los eventuales delitos
En la fundada denuncia a la que Contraviento pudo tener acceso se maneja como eventuales figuras delictivas que podrían haber sido presuntamente configuradas las de Usurpación de Título y Falsificación Ideológica por un funcionario público.
La Usurpación de Títulos se halla definida por el Artículo 167 del Código Penal como aplicable a quien “se abrogare títulos académicos o ejerciere profesiones para cuyo desempeño se requiere una habilitación especial”, previendo para ello una pena de multa, de 20 a 900 Unidades Reajustables.
En tanto, se considera como Falsificación Ideológica por Funcionario Público al acto por el cual “El funcionario público que, en el ejercicio de sus funciones, diere fe de la ocurrencia de hechos imaginarios o de hechos reales, pero alterando las circunstancias o con omisión o modificación de las declaraciones prestadas con ese motivo o mediante supresión de tales declaraciones”
Dicha conducta, de acuerdo al Artículo 238 del Código Penal, conlleva una pena de dos a ocho años de penitenciaría.
El Uso de un Documento o Certificado Falso, por su parte, se substancia con el mero uso de un documento o de un certificado, público o privado falso, incluso sin haber participado en su falsificación, será castigado, de acuerdo al Artículo 243 del Código Penal, con la cuarta parte a la mitad de la pena establecida para el respectivo delito, establecida entre los tres a 18 meses de prisión.
Presentada oficialmente la denuncia ante las autoridades correspondientes se deberá designar Fiscalía a los efectos, por lo que posiblemente en poco tiempo se estén configurando las primeras acciones, a saber indagatorias personales y documentales. No fue posible establecer una línea cronológica posible para esas eventualidades, en tanto las fuentes consultadas por Contraviento coincidieron en señalar que «dependerá de la Fiscalía que le toque.»