Escribe Juan Ramón Rodríguez Puppo
Saben que no rehuimos al examen profundo de los temas. El expediente es largo y apenas le pude echar un vistazo. Hay muchos puntos a considerar. Los procesos judiciales siempre tienen un principio de congruencia y también de correlación entre lo que demanda o denuncia, lo que se prueba, los fundamentos de derecho y por último sobre todo eso falla el Juez. Acá ni Juez hubo.
No podemos culpar al fiscal actuante porque casi todo el sistema político haya cambiado el Código de Proceso Penal de inquisitivo a acusatorio. Él no tiene la culpa. Podemos tener sospechas de las denuncias sobre «la manada» hechas por la Dra. Fossati, pero no podemos acusar al voleo y sin pruebas a nadie. El sistema habilita a que un Fiscal que no encuentra mérito para una acusación penal archive la causa. Y punto final.
La Justicia o sea el Poder Judicial ni la mira ni la toca. Anda a patear a la FIFA ahora!!!! Eso lo votaron todos los partidos en 2017 y Jorge Díaz nos pasó pa la cueva con mucha calidad. Entramos como chorlitos.
Este archivo del Fiscal además reposa únicamente en destrozar la auditoria (y su informe) contratada por Antel. Busca todas sus inconsistencias, (que las tiene). y hasta destruye el primer informe de la Jutep que tenia una mirada cuestionadora de la gestión Cosse. (recordarán que ese informe le costó el puesto a un miembro comunista de la Jutep que fue cesado por opinar con libertad de conciencia).
Este archivo determina que la obra Antel Arena terminó costando casi 90 millones y no 120. El fiscal alega que algunos sobrecostos estaban ya previstos y no encuentra grandes sombras en los procesos de contratación.
Aquí es donde creo debe reabrirse la discusión. El lo ve todo normal y yo desde lejos olfateo procedimientos desprolijos.
En fin. El Fiscal destruye la pretensión acusatoria pero en la página 57 del informe se le «va la boca» y lo traiciona el subconsciente.
Alega que no hubo adecuada planificación, que hubo imprevisión y finalmente en algún punto «manejo dispendioso» de los recursos…PERO ESO ¿NO AMERITA RESPONSABILIDAD PENAL?
¿Qué es la suma de falta de planificación, imprevisión y MANEJO DISPENDIOSO DE LA GUITA DE TODOS???
Me resulta totalmente contradictorio estos razonamientos con el sepulcro del caso quitándole al Poder Judicial la chance de decidir sobre un tema que para muchos sigue siendo oscuro.
Caminos posibles
De última el lector me preguntara si ¿se puede hacer algo para aproximarnos a un examen más justo o más lejano a la opinión de un fiscal subrogante?
Yo digo que SI.
Entre otras consideraciones quiero recordar al lector que sigue vigente el art.197 de la Constitucion.
El Presidente de la República puede objetar u observar actos de los directores de los servicios descentralizados por razones de conveniencia o ilegalidad y esa observación suspenderá la medida tomada. En mi humilde interpretación este es un recurso abierto para barajar y dar de nuevo.
Luego hay otros que suponen replanteos a nivel judicial. Pero si Lacalle quisiera podría utilizar el art 197. No sé si me hará caso y también me consta que sería un recurso muy criticado desde el FA. Pero hace ya mucho tiempo que no encuentro en la opinión del FA buen criterio espero al menos ser leído y que se estudie el tema. Yo no lo dejaría morir.
Respeto el archivo. La ley es la Ley, pero soy de la generación que nos enseñaron la teoría de los tres Poderes y nunca había oído antes que uno de ellos fuera la Fiscalía pergeñada por un tal Diaz.
Todos los Diaz uno aprende algo nuevo.