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Contraviento

Generorragia por ley

29 mayo, 2024

Juan R. Rodríguez Puppo

Uds dirán que abuso de jitanjaforas en mis columnas de opinión. Yo me contento
con jugar con neologismos que puedan por sí mismos dibujar en palabras una
idea.
El sufijo “rragia” importa una secreción o desprendimiento involuntario.
Generalmente lo acoplamos a la raíz “hemo” y nos referimos a un proceso de
sangrado interno. Eso mismo es lo que esta intentando hacer el poder Ejecutivo
con la ley de Género. Una ley (No. 19.580) de 90 artículos. Lacalle y cinco ministros
firmantes elevan un proyecto de ley con cuatro artículos con modificaciones
formalmente casi imperceptibles. Pero si lo tengo que graficar en palabras diría
que le introdujeron, cual esgrimistas, un estilete fino a la ley para desangrarla en
aspectos que habían transformado una ley protectora de derechos en una
herramienta “potencial” de venganzas privadas o abuso de derecho.
La ley está bien inspirada y recoge una tendencia mundial a equilibrar algunos
abusos históricos de un abanico de situaciones de violencia del hombre hacia la
mujer. No voy a romperme la cabeza contra la pared por defender a los hombres
porque concuerdo que ese machismo malentendido existe. Creo en la evolución
de la especie y veo con buenos ojos que todos vayamos evolucionando hacia el
respeto de los derechos principalmente de las personas más vulnerables. Pero
también me consta que tras esa noble aspiración hay una desesperada búsqueda
de un sinnúmero de colectivos para abrazarse a estructuras de poder y ahondar
con cargos y secretarias nuestra profusa y obesa burocracia. En ese marco se
creó esta ley hace ocho años casi, y vaya si habrá traído problemas. Ha sido objeto de
acciones de inconstitucionalidad que han naufragado pero básicamente por
razones formales. La SCJ astutamente ha evitado ahondar en lo sustancial para
no comprarse un lío. Al principio nadie pudo contener la embestida de este tren
abastecido con combustible de la agenda 2030. Ademas ¿a quién le puede
interesar tener líos con las mujeres progres de este mundo? Las dejaron jugar
libres.
Pero ahora que se está por terminar este gobierno y luego de casos connotados
que salpicaron hasta a político de ambas márgenes del sistema bipolar uruguayo,
Lacalle ni lerdo ni perezoso introduce cuatro cambios generorrágicos a la 19580 en su
proyecto, y cuando se trate en el Parlamento se esperan agrias discusiones.
Se intenta cambiar los criterios de valoración de la prueba. De manera sutil Lacalle
redacta la ley casi idéntica a la actual pero al final prioriza las legendarias reglas
de la sana crítica del art 140 del código del Proceso por sobre otras
consideraciones. La sana crítica es un principio sagrado que busca la razón y la
verdad basándose en la apreciación sobre el sentido común. Esto le da más

garantías a todos, y básicamente amparando a presuntas víctimas y acusados en
las garantías del debido proceso.
Y luego plantea una segunda modificación al art 46 en la que desangra un poquito más a
la ley de género en unas disposiciones medievales que impedían que un informe
técnico pericial pudiera desestimarse si contradecía las declaraciones de
presuntas víctimas. Ahora Lacalle y su equipo jerarquizan las pericias en la
medida que las mismas no se realicen de forma que re victimice a las presuntas
víctimas. (Hasta ese cuidado tuvieron). Claramente se refiere al uso de cámaras
Gessell e historias clínicas previas. Con eso prioriza la pericia (la ciencia sobre el
relato), da más garantías al denunciado y borra una norma que era bochornosa en
su redacción actual.
Pero la modificación más sutil y pinchazo más disimulado refiere a un ligero
cambio donde habilitaba a cualquier denuncia que mostrara “VEROSIMILITUD”.
Alcanzaba con realizar denuncias “creibles” para liberarse de la responsabilidad
penal por denuncias falsas.
Ahora este proyecto de ley en su artículo 59 liga indisolublemente los destinos de
un delito inventado con el art 179 del código Penal sobre Simulación de delito y
difamación. Así el denunciado obtiene un refuerzo en sus posibilidades de
defensa. Leí estos días a Mónica Botero y otros alegar que esto puede desalentar
las denuncias de mujeres acosadas.
¡¡¡Mi santa…si no inventas una denuncia falsa no tenes nada que temer!!!
El cuarto cambio refiere a esa indemnización tarifada de 12 sueldos concomitante a la
sentencia de condena o medidas definitivas. Que además podían ampliarse luego
en sede civil.
Ahora el nuevo art 80 de la ley dispondría que en sede penal o materia penal se
condena a “la persona” y punto. Se quita lo tarifado y si la víctima pretende
resarcimiento civil debe seguir esa causa en sede civil. Y ahí no se castiga a la
persona del denunciado pero si a su patrimonio. Esto de la pena tarifada también
pudo ser un aliciente para algunos casos de denuncias inventadas buscando un
sabroso botín aparte de embromar la vida de un padre de familia o un falso acosador.
Quien me sigue le parece que estoy hinchando por los acusados y por las verdaderas víctimas del machismo violento. Para nada. Sáquenselo de la cabeza.
Pero esta ley 19580 abrió caminos a personas que la mal aprovecharon para
perjudicar buenos padres de familias y eso tampoco estoy dispuesto a avalarlo.
Me preguntaron si Lacalle no se quedó corto con las modificaciones a la ley.

Tal vez sí. Pero no quiso acariciarle la cola al tigre. Lacalle tiene en su equipo
también personas que defienden la ley y quiso protegerlas con cambios más
sutiles pero igualmente efectivos. La generorragia va a funcionarle si logra
mantener el texto en la discusión parlamentaria.
Si me preguntas a mi yo hubiera ido un poco más lejos con los cambios. Hubiera
metido tijera a tanto y tanto instituto, Observatorio y secretarias de género que
solo sirven para colocar personas en puestos o inflar el globo de la burocracia .
También hubiera aprovechado para hacer cambios en el art 65 de la ley 19580
cuando se refiere al acusado como agresor y a la denunciante como víctima. En
todo caso en instancia de medidas cautelares previas el denunciado sería
“presunto agresor” y si queres ir más lejos la denunciante “presunta víctima”.
Revisaría aspectos a la duración indefinida de esas medidas cuando a un tipo se
lo saca de una casa que puede ser de “su entera propiedad” ¿Cuánto dura eso?
Y ¿si era todo falso y la situación se extiende en el tiempo?
En fin. Con estos cambios no se modifica la estructura de discriminación positiva
hacia la mujer y sigue favoreciendo sus defensas frente a los verdaderos
acosadores o tipos violentos.
Lo cierto es que desde que existe la ley mucho no ha mejorado este problema de
la violencia de género y se han presentado otro tipo de líos que de una buena vez
y para siempre hay que corregir. Y si no preguntenle al diputado Viera del FA que
ha planteado sus críticas o al legislador Olmos o hasta el propio Gerardo Nuñez.
Allí el invento mató al inventor y ahora a llorar al cuartito. Obviamente a la hora de
votar este proyecto de ley vendrán las manos de yeso para no quedar bajo la
crítica de las betiana Diaz o mica melgar de este mundo.
Sigo creyendo en una sociedad que resuelva el tema de la violencia independiente
de su sexo o de lo que cada uno entienda que su sexo. Mientras lo elija siendo
mayor que cada uno haga de su culto un piripicho. Siempre aboguye para que las
normas de discriminación positiva como una ley como esta o una de cuota podria
aceptarlas si estuvieran limitadas a un tiempo y luego lograda la meta caducaran.
Me aterra vivir en sociedades que desprecian el art 8 de la Constitución que es
muy claro. Lo que debería distinguirnos son solo las virtudes y los talentos y no el
pito o la pepita y que te gusta hacer con ellos.
Presidencia de manera oportuna y tal vez insuficiente (no tardío e insuficiente
como dicen algunos) clava un pequeño estilete en la ley de género y allí veremos
quienes buscan proteger a las mueres o quienes solo le interesa una desequilibrada e injusta ley de género buscando demonizar.