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Contraviento

En la recta final a la Elección Nacional

27 septiembre, 2024
Recta final a las elecciones

Llega a su fin hoy la etapa “preparatoria” de las Elecciones Nacionales del 27 de octubre, al cumplirse en la medianoche el plazo final para una serie de trascendentes instancias para los Partidos y Agrupaciones, de cara a la recta final para la participación en los comicios.

Registro de listas

De acuerdo a la normativa, hoy es el último día para que los Partidos Políticos y sus sectores y Agrupaciones puedan proceder al registro de las hojas de votación con las que comparecerán ante las urnas.

En tanto los Partidos a través de sus respectivas Convenciones ya proclamaron sus fórmulas a la Presidencia y Vice, en actos controlados y refrendados por la Corte Electoral, en esta etapa las Agrupaciones deben registrar ante ésta sus nóminas de candidatos al Senado, en los casos en que correspondiere, en tanto los registros de las listas de candidatos a la Cámara de Representantes y Junta Electoral debe tener lugar ante la autoridad electoral de cada departamento, así como el debido registro de cada Hoja de Votación que contendrá dichas listas, que tras su debido control permanecerá publicada durante 48 horas por eventuales oposiciones.

Esta mecánica ha avanzado mucho en los últimos períodos electorales, desde el punto de vista de la operativa, al realizarse en gran medida en forma digital y remota, más allá de que por tratarse de actos personales existe una importante parte final que debe realizarse en forma física, presencial y documental.

En virtud de esos cambios no se espera una actividad tan febril como en otras instancias, si bien la costumbre uruguaya de forzar los límites determinará que, sobre los últimos plazos establecidos hasta la medianoche de hoy, haya una gran actividad en las 19 Juntas Electorales departamentales, así como en la propia Corte Electoral, en tanto también hoy se vence el tiempo para cumplir otras instancias, igualmente fundamentales.

Programas de Gobierno

También hoy es el último día, de acuerdo a la reglamentación electoral, para que los Partidos presenten el Programa de Gobierno de los respectivos candidatos presidenciales.

Si bien todos los principales candidatos ya han formalizado esas presentaciones y han hecho públicas las mismas, esta norma es insoslayable para todos los Partidos, en tanto los Programas de Gobierno que deberán ser publicados por la Corte en el Diario Oficial y en su página web dentro de los diez días de recibidos.

Presupuesto y aportes

Finalmente, también hoy a la medianoche vence el plazo para que cada Partido y todas las agrupaciones que registren hoja de votación presenten sus estados financieros.

En efecto, la Ley establece que cada fórmula presidencial debe contar con un Comité de Campaña, el cual será el responsable de la actividad financiera de esa fórmula, en tanto los dos primeros candidatos de cada lista al Senado y ala Cámara de Representantes serán los responsables de controlar y brindar esa información en lo que respecta a sus respectivos casos.

En esta oportunidad lo que se exige es el denominado Presupuesto Inicial de Campaña, donde deberán hacerse constar todos los Ingresos previstos, de origen públicos o privados, así como los Egresos, y el Formulario de Donaciones y Contribuciones, que abarca tanto los aportes monetarios como de materiales, aportes en especies, etc.

Esta información será complementada luego de la Elección, con la también obligatoria presentación de la Rendición Final de Campaña para cada una de las listas del país, acompañadas de informa de Contador Público y balances, en lo que constituirá la primera aplicación de la nueva Ley de Financiamientos de Partidos, que una vez más afecta a la democracia al multiplicar exponencialmente las trabas burocráticas ya existentes para comparecer ante la ciudadanía y que constituye una nueva oportunidad para que el Estado demuestre que no puede controlar lo que él mismo se fija como objetivo.

Propaganda Electoral

propaganda electoral

Una situación similar se vive a partir de hoy con los mensajes propagandísticos de contenido proselitista, definidos por la reglamentación como «publicidad electoral» (sic).

De acuerdo a la Ley la misma podrá dar comienzo por los medios de radiodifusión, televisión abierta, televisión para abonados y prensa escrita en los 30 días previos a la Elección Nacional y hasta la entrada en vigencia de la veda. En esta oportunidad y merced a nuevos alambicamientos dispuestos por la citada nueva Ley de Financiación de PP.PP, la compra de los espacios en los medios para las piezas propagandísticas deberá realizarse por medio de un «mecanismo igualizador», por el cual se pretende que todos los sectores tengan acceso en iguales términos a los medios de comunicación, lo que deberá ser controlado por las posteriores declaraciones de Partidos, Agrupaciones y medios,  en lo que presumiblemente culminará en una gigantesca montaña de papel y varios Teras de planillas, que sepultarán bajo su peso a cualquier mortal que ose introducirse en su estudio.

A.B.C.