Saltar al contenido
Contraviento

La incompetencia no es judicializable, lo mismo que los excesos gremiales

8 agosto, 2023
Actitudes que están fuera de la ley, pero que se toleran o digieren peligrosamente

Escribe: Dardo Gasparré

 

Es común, sobre todo en los gobiernos y políticos de escasa vocación republicana, sostener que sus actos no son judicializables, y que en consecuencia los mismos no están sometidos al escrutinio de un juez, ni los jerarcas pueden ser acusados por esos actos en instancias judiciales, sino que eso se debe dejar al juicio de la historia y de los votantes.  (Cualquier parecido entre esa descripción y lo que sostiene cada vez que se le prueba un delito Cristina Fernández es pura coincidencia)

El concepto de base es correcto. Si el gobernante decide construir un ramal ferroviario, o fundar, subvencionar o salvar  una aerolínea, por ejemplo, la obra puede ser disputada, criticada, rechazada por la ciudadanía, pero no es cuerda de la justicia determinar si esa decisión fue buena o mala, si sirve o no sirve, si está bien o mal. Es la sociedad la que aprueba o sanciona la gestión, y lo hace con su voto, su protesta o su opinión.

No es lo mismo acto de gobierno que acto de corrupción

Pero los aplicados alumnos del materialismo dialéctico, del relato, de la redefinición de palabras y de la posverdad extienden a cualquier delito o corrupción ese concepto, lo que elimina la única garantía del ciudadano frente al rey, perdón, frente al omnipotente estado, que es el republicanismo, palabra que desprecian quienes defienden la democracia de masas, de mano alzada y de mandamases.

Se vuelve más grave, y paradójicamente se diluye, cuando los gobernantes adoptan el ropaje de jerarcas de las empresas del estado, donde simulan ser ejecutivos de una empresa privada pero son regidos por una extraña mescolanza de reglas que los ponen en una especie de limbo jurídico y legal o más claramente, le otorgan una impunidad fuenteovejunesca técnica, jurídica y a veces penal. Como se sabe, estos entes son nada más que una división interna arbitraria del poder, con la diferencia de que suelen ser más caras, ineficaces, prebendarias y secretas. ¿Lo mismo que sus directivos?

Los falsos ejecutivos de las falsas empresas estatales

O un “ejecutivo “de ese gran cuerpo anónimo que se llama directorio de una seudoempresa del estado puede decidir asociarse y contratar con terceros arriesgando fondos que son de la población en un proyecto absurdo y casi caricaturesco de regasificación, sin ningún sustento serio y contra toda lógica. Eso merecerá aprobación o crítica, pero nunca una acción judicial, salvo que en el proceso se incumpliera la ley

O tal vez  un “CEO” de un ente del estado puede mandar a construir un centro de espectáculos o convenciones, ajenos a la función, y por disparatado que ello resultase no puede ser juzgado por la justicia por esa razón, y está bien que así sea. Pero si no cumple con las reglas de adjudicación, si no controla el cumplimiento de los pliegos, si duplica o triplica los costos cotizados, si el costo final resulta mucho más caro que las obras similares, entonces la justicia tiene la potestad ante una denuncia, y a veces la obligación, de intervenir para investigar y sancionar si corresponde esas irregularidades.

Cuando la no judicialización se empieza a parecer a la impunidad

Se pone un poco más complicado de evaluar cuando uno de los monopolios se descapitaliza debido a una serie de decisiones tomadas en esa licuadora de responsabilidades que son los cuerpos colectivos de conducción, garantía de confusión, y no se explican clara y detalladamente las razones de la pérdida, sino que se impone sobre los contribuyentes la carga de los costos de varias decisiones tomadas por los iluminados de turno, que se deben acatar en silencio, y lo que es peor, pagar.

Y es más complejo y dudoso cuando hay un trato o negociación directa entre los jerarcas y las empresas privadas proveedoras o licitadoras. Eso suele ocurrir en las exenciones y concesiones que se discuten mano a mano y en secreto, como el caso de UPM2, o la rara prolongación sin licitación del contrato de concesión del puerto de Montevideo para evitar un supuesto juicio, donde algunos de los criterios de no judiciabilidad resultan difíciles de defender.

Distinto que Argentina, pero igual

Esta reflexión tiene que ver con la cierta inocencia, matizada con indignación e hipocresía, según el lugar ideológico y partidario desde que se mire la acción de gobierno. Esto marca una diferencia (sólo de forma) con Argentina, donde se judicializa casi todo, pero el sistema es tan manipulable y venal, que el efecto final es el mismo que en Uruguay.

Una parecida situación de conveniente y peligrosa tolerancia ocurre con la acción de los gremios estatales. Nadie ignora que la única tarea de los sindicatos consiste en la defensa de las condiciones de trabajo. Sin embargo se da una complicada concatenación, un raro falso silogismo que es tolerado, naturalizado, consentido y hasta es considerado un derecho localmente. Las seudoempresas del estado, monopólicas además, se constituyeron bajo el criterio mussoliniano de que mediante ese formato se protegían las actividades esenciales del país y se garantizaba (al menos en esa concepción) el aprovisionamiento de esos bienes esenciales a la sociedad a valores patrióticos, o sea baratos.

Secuestradores de los entes estatales

Durante las últimas dos décadas algunos de esos entes lograron hasta una suerte de autonomía constitucional que los pone sutilmente por fuera del alcance de las mismísimas autoridades electas por el voto popular, nociva autonomía reforzada por el acostumbramiento, la tolerancia o la anuencia de la sociedad. Además de estar virtualmente fuera del alcance de la justicia, por lo que se comenta al comienzo de la nota. Eso convierte los entes del estado en un ejemplar sui generis.

A su vez los gremios de esos entes los han tomado de rehenes, y al hacerlo han tomado de rehenes a todos los usuarios. Ningún ejemplo mejor de esta afirmación es el paro que ha decretado FANCAP para oponerse a la introducción parcial del capital privado en una actividad absurda de ANCAP. Sin entrar en una discusión ideológica que se ha zanjado hace rato, aún en países también socialistas o proteccionistas, los sindicatos no tienen autoridad para oponerse a los actos de gestión de los entes estatales, ni a los formatos que utilicen.

El hecho de que la Intendencia de Montevideo acepte ser rehén del sindicato y tomar sólo las medidas consensuadas no es un precedente legal. Es sólo la historia de una subordinación.

Esencialidad a favor de los gremios, no del consumidor

Eso hace que todo paro o acción directa sindical en ese sentido sea ilegal. A lo que se debe sumar otro argumento: los entes del estado justifican su presencia en la esencialidad de los servicios que prestan o los bienes que venden. Si el sindicato trata de defender sus ponencias interrumpiendo su tarea, está negando justamente esa esencialidad que es la razón misma de que el estado, en los países con esa concepción, tome a su cargo la tarea que se está negando con el paro o la acción directa. Y ese argumento vale inclusive para los paros que tengan alguna cuota de razón, que no es este caso.

Detrás de este accionar está la creencia de que los sindicatos son los dueños de las políticas de las áreas específicas, y peor, la pretensión de que saben más que los funcionarios y la intención de obligar a aplicar los criterios e ideologías de los líderes gremiales, un corporativismo que choca de frente con el concepto central de la democracia. (Esa creencia tiene mucho que ver con la reciente escasez de agua)

Casi rozando el ridículo, hay otro mensaje contundente en lo que hace FANCAP en este caso: se opone a que participe el sector privado porque sostiene que eso reduciría los puestos de trabajo. O sea que está reconociendo que la gestión estatal es básicamente ineficiente. Y obviamente cara.

Seguramente ese contrasentido evidente se soluciona con el fácil recurso de más impuestos y tarifas y precios más altos, de modo que no hay por qué preocuparse.