
Escribe Manuel da Fonte
En esta nota, que forma parte de un conjunto de artículos donde analizaremos algunos de los siniestros viales más graves, que ocurrieron en este mes de enero del 2023, estudiaremos el siniestro por alcance que ocurrió en la ruta 1, en el departamento de Colonia, en el cual una camioneta Peugeot Partner, chocó de atrás a un camión que se detuvo en la ruta.
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Como es costumbre frente a un siniestro, suelen leerse comentarios adjudicando al conductor toda la responsabilidad por la ocurrencia del siniestro, debido a eventuales imprudencias (no respeto la velocidad, no guardó la distancia prudencial, no iba atento a la ruta, se distrajo con el celular, etc.). Ello en general ocurre, sin que medie prueba alguna que confirme las causas esbozadas.
Pero si analizamos con mayor detenimiento el evento, veremos que hay que considerar otros factores, antes de cerrar el análisis culpando en forma exclusiva al conductor de la camioneta.
Lo que siempre debemos preguntarnos es: podemos encontrar, o existen otros elementos, que podrían haber evitado que ocurriera este siniestro, o que puedan evitar que otro siniestro como este, se reitere en el futuro?
VEHÍCULO DETENIDO EN LA RUTA
En primer lugar, ningún conductor espera encontrar un vehículo detenido ocupando parte de una de las sendas de circulación. Es una situación inesperada, y en este caso, no sirve de nada afirmar que el imprudente conductor circulaba sin mantener una distancia de seguridad adecuada.
No hay distancia de seguridad que valga, para un vehículo detenido sobre la ruta.
En el artículo 19 de la Ley 18191-Tránsito y Seguridad vial en el territorio nacional – se establece que:

2) En caso de desperfecto mecánico u otras causas, además de colocar los dispositivos correspondientes al estacionamiento de emergencia, el conductor tendrá que retirar el vehículo de la vía.
4) Fuera de zonas urbanas, se prohíbe detener o estacionar un vehículo sobre la faja de circulación si hubiere banquina o berma.
Como se puede observar en la foto del siniestro, la detención del camión se hizo ocupando la mitad de una de las dos sendas de circulación que posee la ruta en ese tramo, en sentido Montevideo.
Este es el primer factor de riesgo determinante de la ocurrencia del siniestro: la detención de un vehículo ocupando parte de la senda de circulación en la ruta.
DIFICULTADES EN LA PERCEPCION DEL MOVIMIENTO POR EL OJO HUMANO
Para el ojo y el cerebro humano, la percepción del movimiento de un objeto que se desplaza en línea recta delante nuestro, y en el mismo plano horizontal sobre el cual nos desplazamos, es muy difícil.
Por esta característica de la percepción del ojo humano, es que resulta problemático establecer la dirección y la velocidad, o incluso si se mueve o está detenido, de un objeto que se visualiza siempre en el mismo punto de la retina, y que no tiene un desplazamiento angular dentro de la misma.
En cambio es mucho más fácil estimar la velocidad y la trayectoria de un objeto que se desplaza en un plano transversal a nosotros.
Esta dificultad en la percepción es la que explica la reiteración de choques por alcance, cuando se producen detenciones de vehículos en la ruta. Un ejemplo reiterado lo pueden observar en rutas en las cuales hay cruces con semáforos.
Fíjense como ejercicio, observar la proliferación de marcas de frenadas en la ruta, en cada uno de los cruces con semáforos.
PARAGOLPES ANTIEMPOTRAMIENTO EN CAMIONES
El segundo factor de riesgo, que explica la gravedad de las consecuencias de este siniestro, que provocó la muerte de tres de los ocupantes de la camioneta, es el problema del choque por alcance contra la parte trasera de camiones, que tienen paragolpes traseros construidos sin tener en cuenta normas antiempotramiento.

20 años sin reglamentar norma sobre paragolpes traseros antiempotramiento en camiones
Resolución MERCOSUR 23/02: “Art. 6 – Los Estados Partes del MERCOSUR deberán incorporar la presente Resolución a sus ordenamientos jurídicos nacionales antes del 31/12/02.”
http://www.sice.oas.org/Trade/MRCSRS/Resolutions/Res2302s.asp
Como podrán observar en la foto del siniestro, en la parte trasera del camión ven dos áreas de impacto, una sobre el paragolpes en su sector izquierdo, que cedió y se ve doblado, y la otra en el ángulo izquierdo de la base de la caja del camión.



El impacto de la camioneta con el borde de la caja del camión (debería impactar sólo contra el paragolpes y éste contener el vehículo) es lo que determina la mayor gravedad de las consecuencias del siniestro.
Ello es así, porque como pueden ver en la foto de la camioneta, el impacto contra la caja se produce en un punto alto de la carrocería de la camioneta, a la altura de la cabeza de sus ocupantes, y se saltea todos los elementos de absorción de energía y mitigación del choque, que tiene el vehículo (paragolpes, estructuras delanteras y el motor).
Publicación de ANCOSEV sobre paragolpes traseros (2015)
En la publicación anterior hay un par de videos que recomiendo ver, para visualizar la importancia de tener paragolpes traseros que cumplan con normas de construcción antiempotramiento.
Les dejo el link al video aquí:
Pruebas de impacto trasero realizadas por el IIHS
VEHÍCULO INSEGURO
Otro factor a considerar en el siniestro, es el factor vehículo inseguro.
La Peugeot Partner fue testeada por EuroNCAP en el 2014 (sabemos que muchas veces los vehículos que se venden en Latinoamérica son inferiores en seguridad a los que se venden en Europa, aunque sean la misma marca y modelo), obteniendo apenas 3 estrellas, lo cual para el mercado Europeo es un estándar muy bajo.
Si bien, para que los mecanismos de seguridad en la carrocería del vehículo funcionen en una colisión como esta, es fundamental que los paragolpes de los camiones cumplan con normas antiempotramiento, como ya lo analizamos.
https://www.autosactual.mx/2014/09/03/resultados-de-euroncap-peugeot-partner-y-citroen-los-peores/
“Los resultados del Citroën Berlingo y del Peugeot Partner han sido malos, ya que obtuvieron apenas el 56% en protección a los ocupantes en las plazas delanteras.
Cabe señalar que EuroNCAP ha penalizado el resultado de colisión frontal de estos dos automóviles, ya que no ofrece una buena protección al conductor, debido a intrusiones y contactos con el volante y la columna de dirección.”
FRENADO AUTÓNOMO DE EMERGENCIA
Otro elemento de seguridad vehicular, pero del tipo de seguridad activa (que evita siniestros), se trata de una tecnología ya ampliamente disponible en países desarrollados.
Si el vehículo liviano contara con ella en su equipamiento, hubiera evitado el siniestro, y se hubieran salvado nada menos que tres vidas. Estamos hablando del FRENADO AUTÓNOMO DE EMERGENCIA (AEB)
CONCLUSIONES Y RECOMENDACIONES
Una vez más es posible comprobar, al analizar este siniestro, que existen una serie de factores que se podrían haber modificado, que hubieran evitado casi con certeza, la ocurrencia de este siniestro, y de otros como este, que de no tomar las acciones pertinentes volverán a ocurrir.
1. Es imprescindible luego de 20 años que se reglamente la norma MERCOSUR que establece normas de fabricación para paragolpes traseros en camiones.
2. Es muy recomendable que se establezca como requisito el equipamiento de sistemas de FRENADO AUTÓNOMO DE EMERGENCIA, que evitaría muchos de los choques por alcance, inclusive con usuarios vulnerables como peatones, ciclistas y motociclistas.
3. Se debe aprobar de una vez la reglamentación de la última ley de tránsito, que exige normas de construcción en vehículos, que mejoren la protección de sus ocupantes en caso de choque frontal y lateral, así como algunos equipamientos adicionales de seguridad, entre los cuales está el control de estabilidad.
https://www.impo.com.uy/bases/leyes/19824-2019
Como pueden observar, no hay muchas maneras de evitar los conductores distraídos o imprudentes, pero sí hay muchas cosas que se pueden hacer para evitar siniestros, y sobre todo muertes, y la mayoría son responsabilidad de las autoridades, que muchas veces están bastantes distraídas, y se les pasan 20 años sin hacer lo que es su trabajo.