Estamos ante un acuerdo del siglo XXI, es decir, un acuerdo diferente de los antiguos tratados que negociaban preferencias, productos y precios. Este acuerdo incluye, además, temas tan variados y de tantas aristas que cada actividad o producción bien podría sentirse beneficiada o perjudicada, total o parcialmente. Más allá de ello, la libertad y respeto por la independencia de las naciones parecieran haber caído en desuso.
Walter Raymond
“… pero el Diablo lo atajó diciéndole: «Poco a poco; si quiere, hagamos un pato: usté su alma me ha de dar, y en todo lo he de ayudar: ¿le parece bien el trato?» Como el Dotor consintió, el Diablo sacó un papel y lo hizo firmar en él cuanto la gana le dio”. Fragmento del Fausto, de Estanislao del Campo (1866).
Europa nos ama
Acceder al mercado europeo de 450 millones de habitantes con alto poder adquisitivo, aunque si se me permite la digresión; poder adquisitivo “en un lento degrade”, según entonaba Gustavo Cerati, es el sueño lluvioso de todo productor agroindustrial de nuestras comarcas. Por lo que corresponderá a los especialistas de cada actividad y analistas económicos definir aspectos particulares y sectoriales del acuerdo.
Lo cierto y actual es que el anuncio tuvo mayor oportunidad y necesidad para la política que para la producción regional. Los portales noticiosos locales, con impostada emoción, reflejaron los conceptos impartidos por las Cancillerías. No hubo espíritu crítico. Por lo que horas después de cumplido el objetivo político del anuncio la novedad casi había desaparecido de los portales.
Durante su efímero reinado se desplegaron cifras y porcentajes con augurios de futuros venturosos para los ya casi exánimes habitantes de la penillanura y pampa húmeda. Nadie señaló que tales proyecciones dependen de múltiples e inasibles factores para realizarse o no.
El juego de las lágrimas
Si bien la UE aclara que “los textos se publican únicamente con fines informativos y pueden sufrir modificaciones adicionales incluso como resultado del proceso de revisión legal”, se observa que continúan intactas las políticas de subordinación para los países del sur a las leyes y pautas dictadas por organismos supranacionales. Es de esperar que los negociadores Mercosur reparen estos deslices, aunque no se abrigan grandes esperanzas en ese sentido.
Veamos hoy solo el caso del capítulo Comercio y Desarrollo Sostenible. Son 18 capítulos en 15 páginas.
Artículo 1 – Inciso 2 “Las Partes acuerdan la Agenda 21 y la Declaración de Río sobre el Medio Ambiente y el Desarrollo de 1992, la Declaración de Johannesburgo sobre el Desarrollo Sostenible y el Plan de Aplicación de las Decisiones de Johannesburgo sobre el Desarrollo Sostenible de 2002, la Declaración Ministerial de las Naciones Unidas Consejo Económico y Social de las Naciones Unidas sobre la creación de un entorno a nivel nacional e internacional niveles propicios para generar empleo pleno y productivo y trabajo decente para todos, y sus efectos sobre el desarrollo sostenible de 2006, la Declaración sobre la justicia social para una globalización equitativa de 2008 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), y el Documento Final de la Conferencia de las Naciones Unidas sobre el Desarrollo Sostenible de 2012 titulado “El futuro que queremos” y el documento “Transformar nuestro mundo: la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible”, adoptado en 2015”.
Usted dirá que son solo declaraciones generales. Cierto, pero todas esas declaraciones tienen articulado legal señalando algo así como que no sería conveniente poner en cuestión estas directivas.
Artículo 5 – inciso 2 “Las Partes reconocen la importancia de la Asamblea de las Naciones Unidas para el Medio Ambiente (UNEA), del Programa de las Naciones Unidas para el Medio Ambiente (PNUMA) y de los acuerdos ambientales multilaterales como respuesta de la comunidad internacional a los desafíos ambientales globales o regionales y destacan la necesidad de mejorar el apoyo mutuo entre las políticas comerciales y ambientales”. Podría interpretarse como “Alumno, párese derecho, no hable y mire al frente”.
Artículo 6 – inciso 1: “Las Partes reconocen la importancia de perseguir el objetivo último de la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático (CMNUCC) a fin de abordar la amenaza urgente del cambio climático y el papel del comercio a tal fin”.
Luego señala que cada parte deberá aplicar eficazmente la CMNUCC y el Acuerdo de París; “en consonancia con el artículo 2 del Acuerdo de París, promover la contribución positiva del comercio a una vía hacia un desarrollo con bajas emisiones de gases de efecto invernadero y resiliente al clima y aumentar la capacidad de adaptación a los efectos adversos del cambio climático de una manera que no amenace la producción de alimentos”. Es decir, países bien sujetos y con la rienda muy corta.
Nada es inocente aquí. Ya hemos expuesto con anterioridad que se pretende regular la producción de alimentos sobre la base del balance de carbono neutro. Es decir, reducir o mejor aún eliminar aquellas actividades con balance positivo de carbono (lechería, ganadería, cereales, transportes, etc.).
En el artículo 8 se refiere a la gestión forestal sostenible, siendo su aspecto más destacado “en la consecución de este objetivo y de la restauración forestal para la conservación y el uso sostenible” y atención: “promover, según corresponda y con su consentimiento fundamentado previo, la inclusión de las comunidades locales y los pueblos indígenas que viven en los bosques en las cadenas de suministro sostenibles de productos forestales madereros y no madereros, como medio de mejorar sus medios de vida y promover la conservación y el uso sostenible de los bosques”.
Ya se había alertado desde estas páginas sobre la aparición de individuos que sorpresivamente afirman pertenecer a etnias ancestrales, y cuya finalidad es terciar en las discusiones sobre áreas a proteger, obstaculizar o restringir actividades agrícolas, mineras o industriales, entre otros hechos indignos. Son parte de los “colectivos”, esas entidades que afirman representar a universos difusos que no se enteran de tales representantes.
En la imagen de cabecera una representación de El Fausto en “Los jugadores de ajedrez” de Friedrich August Moritz Retzsch (1866).